Inconstitucional, penalizar por tener más de 5 gramos de marihuana para consumo personal: SCJN

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional penalizar la posesión de más de 5 gramos de marihuana, si y solo si, se demuestra que es para consumo personal.

Durante la sesión de este miércoles, en la Primera Sala, tres de cinco ministros se pronunciaron a favor de invalidar una porción del artículo 478 de la Ley General de Salud; con la que se permite poseer menos de cinco gramos de marihuana para consumo personal; sin embargo, castiga con hasta tres años de prisión a quien rebase esta cantidad.

La resolución de la Corte impone que fiscales y jueces deben de aclarar si la posesión del cannabis es únicamente para consumo personal; por lo que el portador no podrá ser acusado penalmente de delitos contra la salud.

Al ser únicamente tres los votos a favor, la resolución no causa jurisprudencia, por lo que los siguientes casos se tendrán que resolver cada uno en particular, y la despenalización de posesión es solamente para los casos de mariguana.

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Finalmente, la Primera Sala precisó que esta decisión no implica la legalización de narcóticos; tampoco la eliminación de la conducta delictiva de posesión simple de narcóticos.