¿Qué pasa si no te pagan en tiempo tú aguinaldo?

¿Qué pasa si no te pagan en tiempo tú aguinaldo?

Estamos en el periodo del año donde recibimos incentivos económicos por parte de las empresas tales como bonos entre otros, asimismo, tenemos derecho a recibir el aguinaldo, el cual lo tienen que pagar antes del 20 de diciembre de cada año, por lo que es importante los patrones lo cubran antes de esa fecha.

Como lo vimos en artículos anteriores, todos los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, entre otros, tienen derecho a recibir el aguinaldo.

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Tal prestación también podrán recibirla los comisionistas, los agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes, que se rijan por la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Recuerda que el aguinaldo se te debe de pagar antes del 20 de diciembre en términos del artículo 87 de la Ley Federal de Trabajo, en caso de que esta prestación no te sea cubierta o se te pague de forma incompleta o bien tardía, el patrón se hará acreedor a una multa que va de los 50 a 5000 UMAS, lo que puede representar entre $4,811.00 a $481,100.00 por cada trabajador afectado.

Si no te pagan tu aguinaldo, toma nota, dependiendo de la actividad que desarrolle la empresa a la cual le prestas tus servicios y de acuerdo a la competencia determinada por la Ley Federal del Trabajo, podrás acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, autoridad que interpondrá la demanda respectiva ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o en su caso a la Procuraduría (local) de la Defensa del Trabajo, quien interpondrá la demanda ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo llamada PROFEDET, es un órgano desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), cuya misión es proteger los derechos de las personas trabajadoras ante la autoridad laboral, mediante los servicios de asesoría, mediación y representación legal.

Si eres trabajador al servicio del Estado y no recibes tu aguinaldo a tiempo o completo, puedes acudir ante la Procuraduría de los Trabajadores al Servicio del Estado, misma que interpondrá la demanda ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje; salvo en aquellos organismos autónomos que tienen su propia comisión substanciadora ante los cuales se debe presentar la demanda.

Recuerda que el aguinaldo es un derecho y no te lo pueden negar, ni mucho menos condicionar, por lo que ya sabes qué hacer cuando tu patrón no cumpla con este derecho.

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Por Víctor Daniel Olvera Cartas

Soy un apasionado del saber. Soy doctor en Derecho. Y tengo las licenciaturas en Derecho, Contabilidad, Administrador de Empresas y Seguridad Publica. A cargo del despacho Daniel Olvera & Abogados.