Cambios más significativos de la “Factura 4.0”

Cambios más significativos de la “Factura 4.0”

Una de las preocupaciones del contribuyente es saber facturar adecuadamente y que dicho documento cuente con todos los requisitos señalados en la ley fiscal. Como sabemos el código fiscal se va modificando constantemente, lo anterior a efecto a estar actualizado en cuanto a la forma de tributar se refiere.

Lo primero que tenemos que saber es ¿qué es una factura?, este documento que originalmente se imprimió en papel de acuerdo a los lineamientos establecidos por el SAT, grosso modo, es un documento que asegura el préstamo de un servicio o la compra-venta de un bien, más allá de relacionar a los involucrados con la transacción que llevaron a cabo, asimismo, llevar un control al contribuyente de sus ingresos y egresos, documento indispensable para la declaración de impuestos.

Uno de los cambios más significativos en cuanto a la facturación se refiere en nuestro país, data del año 2010, cuando el SAT decide implementar el sistema de facturación electrónica ya que este da total seguridad de que quien emite una factura es una empresas constituida o una persona física con actividad empresarial y esto se hace a través del Certificado de Sello Digital (CSD) del contribuyente.

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En la actualidad tenemos la nueva versión del Comprobante Fiscal Digital por Internet, llamada “Factura 4.0”, misma que estará vigente desde el primero de enero de 2022, y el cual deberán utilizar todos los contribuyentes para expedir sus facturas electrónicas, esta nueva versión sustituye a la versión anterior (CFDI 3.3).

Cabe hacer notar que, tanto el sistema CFDI 3.3 y CFDI 4.0 podrán utilizarse simultáneamente hasta el 31 de diciembre de 2022 conforme al artículo primero resolutivo de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, por lo que la versión CFDI 4.0 será obligatoria desde el primero de enero de dos mil veintitrés.

Los cambios más significativos de la nueva versión de la factura electrónica de acuerdo a la página web del SAT es la siguiente:

  • La versión actualizada de la nueva forma de factura electrónica es la versión 4.0, de ahí el nombre “Factura 4.0”
  • Una de las adiciones más importantes en el sistema, es que Incluye de manera obligatoria el nombre y código postal del domicilio fiscal del emisor y del receptor.
  • Se adicionan campos donde se puedan identificar operaciones donde exista una exportación de mercancías.
  • El sistema Identifica si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
  • Se incorporan apartados donde se puede reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.

Respecto al complemento de Pagos, mismo que debe ser expedido en conjunto con el CFDI cuando se reciben pagos en parcialidades o de manera diferida también actualiza su formato con las siguientes novedades:

  • Se actualiza a la versión 2.0.
  • Se incluyen nuevos campos para identificar sí los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos.
  • Se incluye un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos realizados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan.

Por lo que respecta a la actualización del servicio de cancelación de facturas, tenemos las siguientes modificaciones:

  • A partir del 2022 será necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes.
  • Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 “Comprobante emitido con errores con relación” deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado.
  • Se actualizan los plazos para realizar la cancelación de facturas.

El conjunto de todos estos cambios supondrá un gran impacto en la dinámica actual de las empresas que deberán adaptarse a la mayor brevedad posible.

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Por Víctor Daniel Olvera Cartas

Soy un apasionado del saber. Soy doctor en Derecho. Y tengo las licenciaturas en Derecho, Contabilidad, Administrador de Empresas y Seguridad Publica. A cargo del despacho Daniel Olvera & Abogados.