Un voto por los civiles

Marcaje Personal | El ministro González Alcántara recordó que la lucha contra el crimen debe desarrollarse dentro de los límites que permitan preservar la seguridad pública

Un voto por los civiles

La Suprema Corte de Justicia de la Nación puso un alto a la simulación sobre el carácter de la Guardia Nacional, la que tiene que ser civil y adscrita a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

Para nada será sencillo que esto se cumpla en lo inmediato, pero los límites impuestos a las arbitrariedades de Poder Ejecutivo son un dique que salvaguarda a la Constitución.

La determinación del Pleno es, además, uno de los reveses más importante a la política de militarización de la 4T y muestra que hay manera de revertir decisiones que se apartan de la legalidad o que de plano la esquivan.

Una resolución valiente, porque a estas alturas los ministros ya saben la que se les vendrá encima. Tan solo en la mañanera de este martes, antes de que iniciara la discusión, el presidente López Obrador insistió en que invalidar el traslado de la Guardia al Ejército, significaría la vuelta de los corruptos y la destrucción de la que considera uno de sus logros más relevantes, porque al final de su mandato habrá 500 cuarteles.

Al margen de la poca estima que el mandatario le tiene a los servidores públicos civiles, el amago es un despropósito, porque implicaría que se le está obligando a nombrar a alguien en específico, cuando es una de sus atribuciones y responsabilidades.

El pleito con el Poder Judicial será largo, porque no se puede desaparecer a la Corte, como ya se intenta con el INAI, y porque es previsible que otras resoluciones que están en puerta, tampoco sean del agrado de la 4T.

Es también la constatación de la importancia de que la presidencia de la SCJCN no esté subordinada a Palacio Nacional, como lo estuvo los primeros cuatro años, llagándose al absurdo que hubiera asuntos que se demoraron en discutir hasta 40 meses. La llegada de la ministra Norma Piña cambió esa lógica para bien del país y del estado de derecho.

Es importante recordar que un grupo de senadores presentaron y suscribieron la acción de inconstitucionalidad. Es decir, las posibilidades de que la Guardia Nacional adquiera la connotación civil, provienen de alegatos que sustentaron Miguel Ángel Mancera, Josefina Vázquez Mota, Patricia Mercado, Xóchilt Gálvez, Eruviel Ávila, Beatriz Paredes, Germán Martínez, Lilly Téllez, Manuel Añorve, Emilio Álvarez Icaza, Damián Zepeda, Indira de Jesús González, Roberto Moya Clemente, Kenia López Rabadán, Carlos Humberto Aceves del Olmo, Claudia Ruiz Massieu, Miguel Ángel Osorio Chong, Dante Delgado y Mario Zamora, entre otros 49 legisladores.

Hay que destacar el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carranca, donde sus argumentaciones fueron apoyados y retomadas por otros siete integrantes del pleno.

El ministro González Alcántara Carrancá recordó que la lucha de los Estados contra el crimen debe desarrollarse dentro de los límites y conforme a procedimientos que permitan preservar la seguridad pública y el respeto a los derechos humanos, acotando el uso de las fuerzas armadas para el control de la criminalidad común.

Por ello, la Corte Interamericana ha reiterado que el mantenimiento del orden público debe quedar reservado, de modo primario, a las policías civiles.

El ministro inclusive hizo un análisis de las deliberaciones en las cámaras y el parlamento abierto, en las que siempre se insistió en la connotación civil de la corporación que sustituiría a la Policía Federal.

Un ejercicio de memoria que sierve para aquilatar la trampa que implicó lo que ocurrió con posterioridad, para romper un acuerdo político, pero, sobre todo, para saltarse a la Constitución misma, al ya no cuidar ni las formas más mínimas.

Pero no menos trascendente es el centro de la argumentación, donde se señala “que la actuación militar en labores de seguridad pública y para contener la violencia interna responde a criterios de estricta excepcionalidad”.

Y, más aún, ya que “el artículo 129 constitucional reza que, en tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar y, en ese sentido, por regla general, ninguna autoridad militar puede inmiscuirse en labores de seguridad pública que la Constitución consagra, en exclusiva, a autoridades civiles.”

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Con la excepción de Arturo Zaldívar, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz, todos los jueces constitucionales coincidieron en que el traslado de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa, derivado de un decreto de septiembre de 2022, contradice y viola el artículo 21 de la Constitución.

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